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LIGA DE NATACIÓN MASTER
DE PUERTO RICO REGLAMENTO LIGA DE NATACIÓN MASTER DE PUERTO RICO
ARTÍCULO I:
1:B Club - Cualquier organización o grupo de carácter permanentes que activamente promueva y (o) participe en la natación master. 1:C FINA - Federación Internacional de Natación Aficionada- El organismo mundial que rige la natación, saltos ornamentales, polo acuático y nado sincronizado. 1:D Registro - Se refiere a la inscripción de un miembro individual de Liga que se considere elegible para competencias de natación master (19 años de edad o mayores). 1:E Comité Ejecutivo - Los oficiales electos a la directiva de la PRMSI. De aquí en adelante referido como el CE. 1:F FPN - Federación Puertorriqueña de Natación. El organismo nacional que controla en Puerto Rico la natación, saltos ornamentales, polo acuático, nado sincronizado y nado abierto. 1:G Delegado - Miembro activo de la Liga que será electo por su propio club para representarlo en las Asambleas de Delegados (Ver 4:B.1.d.) 1:H Miembro Activo - El miembro activo de la Liga es aquel miembro de 19 años o más que esté inscrito en la Liga, que haya pagado su cuota en su totalidad. 1.1.1 Asamblea de Delegados - Se compone de la representación de todos los clubes en la Liga (Ver 4:B.1)
ARTÍCULO 2:
2:B Estimular y promover la formación física y mejoramiento en la salud de aquellos individuos que anteriormente no estaban envueltos en programas competitivos o recreativos. 2:C Ofrecer estímulo a individuos, clubes, organizaciones y comunidades, asociaciones médicas e instituciones de enseñanza superior, para la participación en la natación master. 2:D Fomentar la camaradería entre participantes en programas masters. 2:E Estimular el interés a todos los niveles de profesores de educación física, clubes y organizaciones, directores de programas recreativos, asociaciones médicas de la comunidad e instituciones de enseñanza en la natación master. 2:F Estimular la investigación en la fisiología y
la psicología de la participación master a niveles básicos de investigación
clínica e investigar aún más los beneficios de programas de ejercicios
continuos en el proceso de envejecimiento, problemas ortopédicos,
complicaciones cardiopulmonares y otros procesos de debilitamiento que
puedan evitarse, detenerse o mejorar la condición del afectado. ARTÍCULO 3: 3:A Ofrecer la oportunidad de continuar y empezar a prepararse para competencias de natación a aquellas personas de 19 años de edad o más y fomentar la camaradería en aquellos adultos que sean entusiastas de la natación. 3:B Estimular y promover la formación física y mejorar la salud de aquellos individuos mayores que nunca habían estado envueltos en programas competitivos o recreativos. 3:C Ofrecer estímulo a individuos, clubes, organizaciones y comunidades en la organización y conducción de programas master recreativos y competitivos. 3:D Fomentar la camaradería entre los participantes de los programas master. 3:E Estimular la participación en programas master a todos los niveles que sea posible por medio de profesores de educación física, personal dedicado al esparcimiento, clubes, negocios, comunidades vecinales y otras organizaciones. 3:F Estimular la investigación en la sociología, psicología, y fisiología de la participación master a niveles básicos de investigación clínica. 3:G Investigar los programas de ejercicios continuos en la forma de vida y en situaciones cardiopulmonares, músculo esquelétales y neuropsicologías y entender su función en los procesos de envejecimiento y debilitativos.
ARTÍCULO 4:
4A Membresía 4:A.1 Los miembros activos son aquellos individuos que están inscritos en la Liga y que han pagado en su totalidad su cuota anual. 4:A.2 La Liga estará compuesta por equipos que se regirán por este reglamento y deberán cumplir con los siguientes requisitos para ingresar en la Liga: 1. Someter el nombre del equipo y el nombre de
los miembros que componen el mismo. 4:B Cuerpo Directivo y de Trabajo 4:B.1 Asamblea de Delegados 4:B.1.a La asamblea de delegados de la Liga estará compuesta por dos delegados en propiedad por cada club y un alterno, designado por los propios clubes. La asamblea elegirá de entre sus miembros el comité ejecutivo por dos años. La asamblea se reunirá cada tres meses y una vez al año en la asamblea anual. La asamblea de delegados determinará la forma de enlace con la FPN. 4:B1.b La asamblea tendrá las siguientes funciones: determinará la política a seguir por la Liga; aprobará el presupuesto; aprobará las actividades de recaudación y uso de los fondos; asignará las cuotas a los miembros; aprobará los programas y las reglas de competencias; evaluará y recomendará los compromisos de competencias internacionales de los clubes o individuos. 4:B.1.c Las vacantes en cualquier posición de la asamblea de la liga podrán ser cubiertas por cualquier otro miembro activo de la Liga que esté afiliado a un club. Dicha vacante será ocupada de la misma manera en que fue electo o nombrado su predecesor. 4.B.1.d Delegado – Será electo por cada club y tendrá la función de ser miembro de la asamblea y participará en todas las reuniones de la Liga con voz y voto. Estará encargado de recoger todas las cuotas anuales de los miembros de sus equipo para ser entregadas al tesorero. Deberá ser miembro activo de la Liga. 4.B.1.e Delegado Alterno, Será nombrado por el equipo al comenzar la temporada regular y tendrá todas las funciones del delegado en propiedad cuando este no pueda asistir. Podrá asistir a las asambleas de delegados pero no tendrá voz ni voto, si los otros delegados están presentes. 4.B.1.e Comité Ejecutivo 4.B.2.a El comité ejecutivo de la Liga compuesto por cinco personas: el presidente, el vice-presidente, el secretario, el sub-secretario y el tesorero. 4.B.2.b Estos serán electos por dos años con posibilidad de re-elección. Serán sus deberes y funciones. Se reunirán por lo menos una vez cada tres meses; será responsable de la operación del día a día de la Liga; preparará el presupuesto; preparara las reglas de competencias para ser aprobadas por la asamblea; velará por la organización eficiente de las competencias, designando oficiales, consiguiendo piscinas para las competencias y controlando todo lo relacionado a estas y otras funciones así se entiendan son para el mejor interés de la Liga. 4:B;2.c Presidente El presidente ordena las
reuniones de la Liga según establecido en el Manual de Bothwell y preside
todas las reuniones de la Liga. El presidente tiene el derecho a ejercer
todas las funciones pertenecientes a su cargo. El presidente nombrará a los
presidentes de los comités (a excepción del comité de finanzas) y será
miembro ? Que haya demostrado conocimientos técnicos y
administrativos e interés sobre la natación. El presidente reportara directamente a la asamblea de delegados. 4.B.2.d Vice-Presidente, El vice-presidente tiene los deberes que le asigne el presidente y será responsable de sustituir al presidente en caso de que él no pueda o quede incapacitado de cumplir con sus funciones. El vice-presidente será responsable de que todos los seguros estén al día. 4.B.2.e Secretario. El secretario hará los arreglos adecuados para llevar las minutas de la liga y del comité ejecutivo; preparará toda la correspondencia oficial de la Liga; emitirá todas las notificaciones de la reuniones del comité ejecutivo; servirá de secretario del comité ejecutivo y de la Liga; será responsable de mantener al día la lista de todos los miembros de la Liga. En caso de renuncia o ausencia del comité de membresía, el secretario se hará responsable de mantener las listas al día. 4.B.2.f Sub-secretario. Trabajará en conjunto con el secretario de la Liga y tendrá las mismas funciones que el secretario y otras que así le sean delegadas. 4.B.2.g Tesorero. El tesorero deberá recibir todo el dinero de la Liga y depositarlo en las cuentas de la Liga; pagará todas las facturas aprobadas por un oficial debidamente autorizado por el comité ejecutivo siempre que esté dentro del presupuesto de la Liga. El tesorero y el presidente están autorizados a gastar hasta $100.00 sin autorización del comité ejecutivo. Entregará al comité de finanzas ó al comité ejecutivo así se le solicite, todo el dinero, cuentas, libros, documentos, recibos y record para ser auditados ó para cualquier otro propósito. Preparará un informe financiero anual a ser presentado al comité ejecutivo y a la Liga en la reunión anual. Recibirá mensualmente el dinero y los estados de cuenta. 4:B.3 Pasado Presidente- Tendrá derecho a estar
presente en las reuniones y 4.B.4 Coordinador Master- Será electo por el comité ejecutivo de la Liga para ser recomendado a la junta de directores de la FPN para su aprobación. Las funciones del coordinador master serán las siguientes: 1. Representará a la liga ante la FPN. 4:C Comités- Estarán compuestos por tres miembros. El presidente de cada comité será nombrado por el presidente de la Liga (excepto el presidente del comité financiero, que será el tesorero) y aprobado por el comité ejecutivo. Tendrán vigencia por el término del comité ejecutivo vigente. 4:C.1 Comité Financiero- Consistirá del tesorero, que actuará como presidente del comité para servir un término de dos (2) años con la aprobación del comité ejecutivo. El comité financiero deberá preparar el presupuesto anual, invertirá los activos de la Liga y buscará fuentes de ingreso. 4:C.2 Comité de Medicina Deportiva- Consistirá de una persona encargada de estimular la investigación en la fisiología y psicología de la participación de los masters a niveles básicos y clínicos y para investigar los beneficios de programas continuos de ejercicios en el proceso de envejecimiento, problemas cardiopulmonares y ortopédicos y otros procesos de debilitamiento que pueden evitar. 4:C.3 Comité de Reglamento- Considera y recomienda al comité ejecutivo la adopción o rechazo de todas las reglas o enmiendas sometidas por los delegados de la Liga. Una enmienda propuesta a las reglas del deporte no será adoptada a menos que la misma será primero sometida por escrito al comité de reglamentos. 4:C.4 Comité de Record- Será responsabilidad de este comité establecer un proceso estandarizado de anotar y verificar los tiempos. Los records deben llevarse para competencias de piscina corta (25 metros), piscina larga (50 metros), y 25 yardas. 4:C.5 Comité de Membresía y Registro- Las responsabilidades de este comité incluyen: preparar y mantener la lista de los miembros activos para el registro en las competencias y presentarlos al comité ejecutivo. Promoverá actividades de reclutamiento y orientación a sus miembros. 4:C.6 Comité de Publicidad- Preparará y recomendará los mecanismos de publicidad de las actividades de la Liga; establecerá el contenido y el formato de la publicidad de la Liga, La Tintorera; recomendara al comité ejecutivo los mecanismos para la publicidad interna y externo como diarios locales, radio, etc. 4:C.7 Comité Técnico- La Liga tendrá comités
técnicos en las siguientes disciplinas: 4:C.7.a Cada comité técnico tendrá las siguientes funciones: 1. Será responsabilidad de estos comités de
proponer al comité ejecutivo las reglas administrativas bajo las cuales se
regirán las competencias. 4:C.7. b Solo el comité ejecutivo de la FINA puede interpretar las reglas de la FINA. 4:D Finanzas 4:D.1 La Liga tendrá un periodo fiscal para efectos de impuestos y contabilidad que comenzara el primero (1) de enero de cada año. 4:D.2 El tesorero deberá preparar informes financieros anuales indicando los ingresos y egresos de la Liga, similares a los informes financieros que se requieren en otras organizaciones sin intenciones de lucro. 4:D.3 El tesorero podrá firmar cheques hasta la cantidad de $100.00 sin otra firma adicional. Cheques mayores de dicha cantidad llevarán la firma del tesorero y del presidente (del vice-presidente en ausencia del presidente). 4:E Seguros 4:E.1 La Liga gestionará la obtención de seguros de responsabilidad pública y cualquier otro seguro que sea necesario. La Liga debe tener seguros pagados por la corporación para proteger la dicha corporación de cualquier reclamación que surja. 4:F Disolución 4:F.1 Si se considera conveniente por los miembros, la Liga puede disolverse de acuerdo con las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. 4:F.2 Al disolverse la Liga, el comité ejecutivo deberá de pagar o hacer las gestiones para pagar todas las deudas de la Liga, disponer de todos los activos de la Liga, exclusivamente para beneficio de la Liga o de instituciones que operen exclusivametente para fines caritativos, educacionales, religiosos, literarios o científicos.
ARTÍCULO 5: 5:A Los nadadores que compitan en eventos de natación auspiciados por la Liga de Natación Master de Puerto Rico deberán ser nadadores registrados en la Liga. 5:A.1 El registro de nadadores es por año. Este periodo correrá normalmente desde enero a diciembre del año en cuestión. 5:A.2 Los formularios para el registro de nadadores pueden obtenerse a través del comité de membresía y registro. El formulario debidamente completo deberá someterse con un documento de identificación que indique la fecha de nacimiento del participante así como la cuota aplicable al mencionado comité. 5:A.3 La cuota anual de registro es la cuota individual para cada miembro activo, aprobada por la asamblea de delegados. 5:B Aprobaciones 5:B.1 Requisitos 5:B.1.a Todas las solicitudes de membresía aprobadas deberán estar firmadas por el comité de membresía y registro y se deberá mantener un registro para estos propósitos. 5:B.1.b La siguiente cláusula deberá aparecer en todas las solicitudes a ser recomendadas para aprobación: “El que suscribe, releva de toda responsabilidad a la Liga por cualquier reclamación legal que pueda surgir como consecuencia de lesiones (físicas o mentales) a cualquier persona durante la celebración de un evento auspiciado por la Liga, incluyendo gastos médicos y legales.” 5:B.1.c La solicitud debidamente completada será sometida al comité de membresía y registro, acompañada de la cuota aplicable. 5:B.1.d No se otorgará aprobación a ninguna organización o individuo que no haya cumplido con lo estipulado en el blanco de la solicitud de inscripción. 5:B.1.e La solicitud será sometida por el comité ejecutivo a la asamblea de delegados para su aprobación, si fuese radicada por lo menos 15 días antes de la próxima asamblea ordinaria o extraordinaria. 5:C Condiciones 5:C.1 Todo nadador que desee participar en la primera competencia de la Liga deberá haber cumplido con los requisitos de miembro activo de la Liga dos semanas antes de la fecha señalada para la competencia. Esto aplica si desea participar afiliado o no afiliado a un equipo. 5:C.2 No se aceptará la participación de ningún nadador a menos que este inscrito. 5:C.3 Aquel nadador que no haya participado nunca en competencias auspiciadas por la Liga y desee participar afiliado a un equipo deberá cumplir con los requisitos de miembro activo de la Liga dos semanas antes de una competencia. 5:C.4 Aquel nadador que nunca haya participado en competencias auspiciadas por la Liga, podrá inscribirse el día de la competencia, siempre y cuando cumpla con los requisitos de miembro activo de la Liga y participa no afiliado. 5:D Competencias fuera de Puerto Rico 5:D.1 Un nadador que desee participar en una competencia fuera de Puerto Rico deberá cumplir con todos los requisitos de un miembro activo de la Liga y de ser necesario, obtener y llevar con él el aval de la FPN. 5:D.2 Aquel nadador que desee participar por un
equipo diferente al cual es miembro de la Liga, podrá hacerlo siempre y
cuando se cumplan los siguientes requisitos: 5:E Representación 5:E.1 Para que un nadador pueda competir como representante de un club o una organización, esta entidad deberá estar debidamente inscrita en la Liga. 5:E.2 Todo nadador que decida cambiar de equipo deberá informar por escrito a su equipo y al comité de membresía y registro de la Liga, de dicha intención de cambio, en la cual deberá especificar el equipo al cual va a pertenecer. El competidor tendrá que pasar por un periodo de 2 competencias ó 4 meses, lo que ocurra primero, donde nadará como nadador no afiliado. Luego de esto podrá participar con un equipo nuevo o permanecer no-afiliado. Si el nadador decide no pertenecer al equipo al cual hizo referencia en su carta, permanecerá como no afiliado el resto del año. Esta notificación será efectiva a partir de la fecha en que se reciba en la oficina del presidente del comité. Se permite un cambio de equipo por año. 5:E.3 Los campeonatos nacionales estarán abiertos a competidores internacionales y a nuevos miembros que quieran participar por primera vez en una competencia de la Liga. Para nadadores internacionales, las inscripciones deberán ser aprobadas por el comité técnico. Para equipos nuevos, tendrán que cumplir con lo ya dispuesto en este reglamento para la inscripción de equipos en la Liga. 5:E.4 En el caso de la disolución de un equipo, todos sus miembros deberán participar como no afiliados por un periodo de 4 meses o dos competencias, lo que ocurra primero. Cada nadador deberá seguir lo estipulado en 5:E.2 para nadadores que deciden cambiar de equipo. 5:E.5 Un nadador no podrá cambiar su representación de un equipo a no afiliado para una competencia después de haberse recibido una inscripción donde aparece afiliado con un equipo, a menos que haya una carta de renuncia del nadador al equipo antes de la fecha de inscripción para esa competencia en particular. 5:E.6 Durante el periodo de espera de 4 meses o dos competencias, un nadador no podrá cambiarse a un equipo diferente al cual indicó en su carta. ARTÍCULO 6: 6:A Grupos de Edades 25-29, 30-34, 35-39, 40-44, 45-49, 50-54, 60-64, 65-69, 70-74, 75-79, 80-84, 85-89, 90 y mayores para eventos individuales. Se reconoce la edad especial pre-master, entiéndase 19-24 años de edad. 6:B Fecha para determinar la edad La elegibilidad de un participante para participar en un determinado grupo será determinada por su edad el último día de la competencia. 6:C Reglas de Natación Las reglas técnicas vigentes de la FINA, excepto FINA RULE MGR4, regirán todas las competencias masters. 6:D Tiempos Los diez (10) mejores tiempos nacionales en cada división deberán ser publicados anualmente. 6:D.1 Todos los tiempos deberán hacerse en competencias aprobadas por la Liga. 6:D.2 Para ser considerado para los primeros diez (10) o para record, todos los relevos deberán incluir el nombre del club de natación registrado y el nombre completo y la edad del nadador. Tanto para los relevos como para los eventos individuales, solamente los nadadores que son miembros de la Liga serán elegibles, y los resultados deberán tener el nombre completo y la edad del nadador. 6:D.3 Nuevas marcas (record) de la Liga 6:D.3.a Para que un tiempo, hecho en competencias auspiciadas por la Liga sea considerado como una nueva marca (record) los siguientes requisitos se deberán cumplir: 1. El nadador deberá ser miembro activo de la
Liga, según la definición provista en el Reglamento de la Liga. 6:D.3.b Para que un tiempo hecho por un miembro
activo de la Liga, en 1. Se reconocerán aquellos nadadores que hayan
cumplido con el requisito del aval de la FPN y la Liga 6:E Eventos Los siguientes eventos pueden llevarse a cabo en
las competencias: 6:F Tipos de Competencias 6:F.1 La Liga llevará a cabo durante el año de competencias las siguientes clases de competencias: 6:F.1.a Competencia de itinerario regular – Estas son aprobadas al principio de cada temporada por la Liga y auspiciadas por la Liga. 6:F.1.b Competencia fuera de itinerario regular - Estas pueden ser añadidas al calendario de competencias. La asamblea de delegados deberá aprobar estas competencias. Si es un invitacional, el equipo anfitrión auspiciara la competencia y tendrá derecho a cobrar una cuota por participación y tendrá derecho a todos los fondos que se recauden de dicha competencia. Para que los tiempos hechos en estas competencias se consideren como oficiales, estas deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en este reglamento. ARTÍCULO 7: 7:A Agenda a seguirse: 1. Llamada al orden – Se anotará la fecha, hora y
lugar. 7:B Mociones 7:B.1 Las mociones que se presenten tienen que
ser secundadas por uno de los 7:C Enmiendas al Reglamento 7:C.1 Una enmienda propuesta al reglamento de la Liga será sometida al comité de reglamento con 30 días de anticipación a la próxima asamblea de delegados. Las enmiendas podrán ser propuestas por un miembro activo de la Liga a través de un delegado. Una vez enviada, la parte promoverte tendrá la oportunidad de presentar su propuesta enmienda ante el pleno de la asamblea de delegados. Para su aprobación, la enmienda tendrá que recibir la aprobación de dos terceras partes de los presentes en el momento de la votación, habiéndose establecido el quórum. Todas las enmiendas aprobadas serán efectivas 30 días después de su aprobación. 7:C.2 Todas las enmiendas propuestas al reglamento de la Liga serán enviadas por correo a todos los delegados de la Liga con 15 días de anticipación a la próxima asamblea de delegados. 7:D Para solicitar una asamblea extraordinaria, se requerirá que dos terceras partes de los delegados de los equipos hagan la solicitud por escrito al comité ejecutivo.
Este reglamento fue aprobado en asamblea extraordinaria el 16 de diciembre de 1995 por los siguientes delegados: Delegados presentes:
Comité Ejecutivo
Comité de Reglamento
REGLAS DE COMPETENCIAS DE NATACIÓN LIGA DE NATACIÓN MASTER DE PUERTO RICO
Todas las competencias de la Liga de Natación Master de Puerto Rico (LNMPR) se rigen por las reglas vigentes de la FINA al momento de celebrase la competencia, excepto MSW R4. La edad del nadador es determinada por la edad que tenga el nadador el día de la competencia, o el último día si la competencia es de más de un día. COMPOSICIÓN Y FUNCIONES DEL COMITÉ TÉCNICO 1. El Comité Técnico estará compuesto según lo
estipulado en el reglamento de la Liga, artículos 4:C.7 al 4:C.9. 1) Estará compuesto por un miembro del comité
técnico, un miembro de la junta de directores y los representantes de cada
equipo nombrados para trabajar en las competencias. Cada equipo nombrará un
mínimo de tres (3) personas para trabajar en el manejo de las competencias
de la temporada regular. Estos tres nombres están incluidos en la hoja de
inscripción de cada competencia. El sub-comité podrá ser diferente para cada
competencia. ELIGIBILIDAD PARA COMPETIR COMPETENCIAS DE LA TEMPORADA REGULAR 1. Todas las competencias de la temporada regular
son asignadas por la Junta de Directores de la LNMPR. Las fechas y las
piscinas de las competencias serán entregadas a los delegados de los equipos
antes de comenzar la temporada regular. Se tomará en cuenta lo siguiente: a. Se tiene que llenar todos los espacios que
aparecen en la hoja de inscripción, pues esta información es necesaria para
poder entrar al nadador al computador 5. Habrá una multa administrativa de un dólar
($1) por evento para aquellos nadadores inscritos que no sean retirados 30
minutos antes de la hora que la competencia esta programada a comenzar. El
delegado estará encargado de entregar el total de la multa acumulada por su
equipo previo a la inscripción de la próxima competencia. De no pagarse esta
multa, el nadador no podrá participar en la próxima competencia. La protesta será radicada por escrito, por el
delegado del equipo, y con un límite de 30 minutos después de haber ocurrido
el incidente. a) Sembrado de series (“heats”): los carriles se asignaran en el orden de los tiempos sometidos, de más rápido a lento de acuerdo a los carriles disponibles en la piscina que se utilice: Piscina de 10 carriles: 5,6,4,7,3,8,2,9,1,10 b) El sembrado se hará por grupos de edades, y
dentro de estos grupos de edades, se acomodarán por tiempos. Si hay más de
una serie, se sembrarán los tiempos más rápidos juntos para llenar los
carriles disponibles, y los restantes competidores pasarán a otra serie, la
cual puede incluir competidores de otra categoría, pero del mismo sexo, y
estos deberán ser acomodados uno al lado del otro dentro de esa serie. La
decisión del sembrado estará a cargo de la persona o personas asignadas a la
mesa en ese momento. Los grupos o series (“heats”) nadarán de la siguiente
manera: primero todas las mujeres y después los hombres, y competirán del
más lento al más rápido.
1. Estas competencias serán asignadas a fechas
que no coincidan con las competencias de la temporada regular (ej. E.
carnaval de relevos) INVITACIONALES 1. Estas competencias serán asignadas a fechas
que no coincidan con las competencias de la temporada regular. Esto incluirá: REQUISITOS TÉCNICOS PARA COMPETENCIAS DE LA LNMPR. 1. Para que los tiempos hechos en competencias de
la Liga sean oficiales, cada competencia de piscina corta y larga deberán
tener como mínimo los siguientes oficiales: 2. Nadadores que quieran participar “exhibición” podrán hacerlo a discreción del árbitro de la competencia, y el tiempo registrado no es contado como oficial.
1. Todas las reglas de la LNMPR para competencias
de la temporada regular vigentes al momento de la competencia aplicarán para
los campeonatos. a) Puntuación : 9pts, 7,6,5,4,3,2,1 del
1ero al 8vo lugar. Para los relevos se duplica por cada posición. |
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